Hace algunos años, cualquiera que leyera un título semejante hubiera pensado, casi de manera inmediata, que se trataba de un asunto de auto ayuda o superación personal. Nada más alejado de la realidad, la seguridad interior es hoy considerado el postulado principal de la nueval ley de seguridad nacional, aún no aprobada por el legislativo pero ya en su nombre parece acusar, como las psicologías baratas de los noventas a las que hemos aludido, de un discurso a tono del presente sexenio: completamente espurio y carente de fundamento.
La seguridad interior es hoy, para nuestros representantes, la idea rectora con la que se dará al traste con la misma noción que pretende reforzar, a partir de su introducción al discurso jurídico y al legitimarla como término técnico legal de la seguridad pública. Y es que la seguridad interior obliga a unificar, en una especie de entelequía, los principios fundamentales de la república haciendo omisión que el "interior" ha sido ya un predicado atribuido por las leyes al contrato que celebran las entidades federativas de la nación, los estados de la república cuya base remite necesariamente el pacto federal como piedra de toque de los Estados Unidos Mexicanos. La seguridad interior pretende omitir, en una especie de prestidigitación legilsativa, el carácter público, la preeminencia contractural y las garantías individuales en una ley que privilegia una entidad abstracta de orígenes más bien mediáticos y para nada jurídicos de nación.
La seguridad interior así provee un amplio margen para inventar nuevos conceptos que en principio, y tal como se deducen de la minuta del senado sobre la reforma de ley, contravienen a los principios de liberdad, contractualismo y federalismo de nuestra constitución. Una sofística legulella digna de un panismo de orígen que pretende cambiar principios jurídicos, definidos y normados por el derecho y su práctica, suplantándolos por raciocinios retóricos y mediáticos de clara tendencia fanática. Y es que si el concepto a normar fuera seguridad pública, tal como pretende nombrarse a la ley, y no seguridad interior, se estaría obligado a revisar la relación de lo civil y lo penal a partir de las fuerzas del orden público como los distintos cuerpos de policia,y la jerarquía en la responsabilidad de la persecución de delitos y su posible interacción en los diversos niveles de gobiernos; la actuación real de los jueces y la normativa actual y necesaria de los tribunales; los límites de la intervención de los niveles de gobierno en las instancias correspondientes y por lo tanto la difinición de su margen de acción, así como una definición clara de su principio fundamental: la seguridad como garantía a los derechos civiles.
Por el contrario, la discusión se ha montado sobre este postulado que hace caso omiso de lo anterior y busca, mediante la introducción de un concepto ajeno a toda dfinición anterior, introducir una delegación de poder total a un sólo representante y disponer por medio de su decisión los derechos y garantías individuales, olvidándose de su propio fundamento y estableciendo el poder en una figura cuyo cargo estaría amparado por las fuerzas armadas de la nación y no por las fuerzas de acción policiaca.
El hecho mismo de que los diputados y senadores encargados de la revisión de esta ley acepten dicho presupuesto hace pensar que nos encontramos en los albores de una dictadura como forma de gobierno en tanto ésta encuentre un marco que legalice el uso de las fuerzas castrenses para ejercer su auotoridad. Si se trata de pasar del quid factum al quid iuris de la violencia actual, o simplemente el poder legislativo intenta ganar tiempo para ver qué partido disfrutará de este amplio margen de poder, resulta fatalista. Lo lamentable es que el debate ciudadano, mal llamado opinión pública, se hace el crítico cuando un movimiento ciudadano pretende hacerse justicia.
El hecho mismo de que los diputados y senadores encargados de la revisión de esta ley acepten dicho presupuesto hace pensar que nos encontramos en los albores de una dictadura como forma de gobierno en tanto ésta encuentre un marco que legalice el uso de las fuerzas castrenses para ejercer su auotoridad. Si se trata de pasar del quid factum al quid iuris de la violencia actual, o simplemente el poder legislativo intenta ganar tiempo para ver qué partido disfrutará de este amplio margen de poder, resulta fatalista. Lo lamentable es que el debate ciudadano, mal llamado opinión pública, se hace el crítico cuando un movimiento ciudadano pretende hacerse justicia. Los ciudadanos proclives a la propaganda de derecha, cual manadas de bestias de rebaño, exigen al movimiento por la paz explicar de donde sacan fondos, cómo es posible que exista semejante movimiento -y cualquiera- si hay que estar trabajando -como si hubiera trabajo-; los presuntuosos ultracríticos de la pseudo izquierda reclaman al movimiento no ser fuertes en sus invectivas y negar toda relación con las instituciones -la mayoría de ellos, al igual que la derecha facista, ilusionados por las representaciones de guerra. Así, la ciudadanía aparece fragmentada en dos posiciones de partido a partir del logro de un movimiento de vícitmas, olvidándose que en este país sólo existen gobernados y gobernantes; los últimos han declarado una guerra contra los primeros, la mejor forma de vencerlos ha empezado por dividirnos.